En PREGUNTAS

1Co 14:34  vuestras mujeres callen en las congregaciones; porque no les es permitido hablar, sino que estén sujetas, como también la ley lo dice.
1Co 14:35  Y si quieren aprender algo, pregunten en casa a sus maridos; porque es indecoroso que una mujer hable en la congregación.
1Co 14:36  ¿Acaso ha salido de vosotros la palabra de Dios, o sólo a vosotros ha llegado?

​El apóstol Pablo: acerca de que las mujeres hablen en la iglesia, por Benjamin B. Warfield

He recibido recientemente una carta de un apreciado amigo que pedía que le envíe una «discusión de las palabras griegas laleo y lego en pasajes tales como 1.ª Corintios 14:33-39, con especial referencia a la pregunta: ¿Prohíbe el versículo 34 a todas las mujeres en todas partes hablar o predicar en público en iglesias cristianas?»

Requiere decirse inmediatamente que no hay problema con referencia a las relaciones de laleo y de lego. Aparte de sutiles detalles de interés puramente filológico, estas palabras se hallan relacionadas la una con la otra exactamente de la misma manera  que lo están las palabras españolas hablar y decir; o lo que es lo mismo: que laleo expresa el acto de hablar, mientras que lego se refiere a lo que es dicho. Siempre, pues, que el hecho de hablar, sin referencia al contenido de lo que se dice, debe ser indicado, se utiliza laleo, y debe ser utilizado. No hay nada descalificador o despreciativo en lo que sugiere la palabra, así como tampoco lo hay en nuestra palabra hablar; aunque, por supuesto, puede en alguna ocasión ser utilizada en términos despectivos, como también lo puede ser nuestra palabra hablar (como cuando algunos de los periódicos insinúan que el senado está «entregado a meras palabras»). Esta aplicación descalificadora de laleo, sin embargo, nunca ocurre en el Nuevo Testamento, aunque la palabra se utiliza con mucha frecuencia.

La mencionada palabra está en su lugar correcto en 1ª Corintios 14:33 y siguientes, y necesariamente conlleva allí su significado simple y natural. Si necesitáramos de algo para fijar su significado, sin embargo, ello lo determinaría su uso frecuente en la parte precedente del capítulo, donde se refiere no solamente a hablar en lenguas (que era una manifestación divina, e ininteligible solamente debido a las limitaciones de los oyentes), sino también al habla profético, el cual se declara directamente que es “para edificación, exhortación y consolación” (v. 3-6). También su sentido sería más pungentemente determinado, sin embargo, por el término que pone en contraste aquí: “callen” (v. 34).

Aquí se nos define directamente laleo: “las mujeres callen, porque no les está permitido hablar.” «Callar – hablar»: son dos cosas opuestas; y la una define a la otra.

Es importante observar, ahora, que el eje alrededor del cual gira la prescripción de estos versículos, no radica en la prohibición de hablar tanto como en el mandamiento del silencio. Ésta es la prescripción principal. La prohibición de hablar se introduce seguidamente sólo para explicar el significado de forma más completa. Lo que Pablo dice en resumen es: “las mujeres callen en las iglesias.” Eso seguramente es suficientemente directo y específico para suplir todas las necesidades. Él entonces agrega la explicación: “Porque no les está permitido hablar.” “No está permitido” es una apelación a una ley general, válida aparte del mandamiento personal de Pablo, y se conecta atrás con las palabras precedentes: “Como en todas las iglesias de los santos.” Pablo está exigiendo a las mujeres de Corinto que se conformen a la ley general de las iglesias. Y ése es el significado de las casi amargas palabras que agrega en el verso 36, con las cuales (reprochándoles por la innovación de permitir que las mujeres hablen en las iglesias) él les recuerda que ellos no son los autores del Evangelio, ni tampoco sus únicos poseedores, por esa razón les exigía que guardasen la ley obligatoria para todo el cuerpo de iglesias y que no buscasen a su manera alguna innovación de reciente fabricación propia.

Los versículos intermedios solamente dejan claro que lo que el apóstol está precisamente haciendo es prohibir a las mujeres hablar en la iglesia en términos absolutos. Su prescripción de silencio la lleva tan lejos hasta el punto de prohibir incluso hacer preguntas; y agrega con especial referencia a eso la vigorosa declaración de que “es indecoroso” —pues tal es el significado de la palabra— “que una mujer hable en iglesia”.

Sería imposible que el apóstol hable de forma más directa o más enfática que como lo ha hecho aquí. Él exige a las mujeres que guarden silencio en las reuniones de la iglesia; pues eso es lo que significa “en la congregación”.  Y él no nos ha dejado ninguna duda en cuanto a la naturaleza de estas reuniones de la iglesia. Acababa de describirlas en los versículos 26 en adelante. Eran de carácter general.  Observad las palabras “calle en la iglesia” del versículo 30, y compárelas con “callen en las congregaciones” en el v. 34. La prohibición de que las mujeres hablen, abarca así todas las reuniones públicas de la iglesia; pues se trata del carácter público, no de la formalidad. Y él nos dice en reiteradas ocasiones que ésta es la ley universal de la iglesia. Pero hace más que eso: nos dice que ése es el mandamiento del Señor, y enfatiza la palabra “Señor” (v. 37).

Otro pasaje:
1Ti 2:8  Quiero, pues, que los hombres oren en todo lugar, levantando manos santas, sin ira ni contienda.
1Ti 2:9  Asimismo que las mujeres se atavíen de ropa decorosa, con pudor y modestia; no con peinado ostentoso, ni oro, ni perlas, ni vestidos costosos,
1Ti 2:10  sino con buenas obras, como corresponde a mujeres que profesan piedad.

1Ti 2:11  La mujer aprenda en silencio, con toda sujeción.
1Ti 2:12  Porque no permito a la mujer enseñar, ni ejercer dominio sobre el hombre, sino estar en silencio.

El pasaje de 1ª Timoteo 2:11, etc. es tan impactante como el anterior, sólo que se dirige más particularmente al caso específico de la enseñanza en público y a la dirección de la iglesia. El apóstol ya en este contexto (el v. 8 dice “los varones” en contraste con las “mujeres” del v. 9) Pablo había restringido específicamente la oración pública a los hombres, y ahora continúa: “La mujer aprenda en silencio, con toda sujeción. Porque no permito a la mujer enseñar, ni ejercer dominio sobre el hombre, sino estar en silencio.” Ni la enseñanza ni la función de dirigir se permiten a la mujer. El apóstol dice aquí, “no permito” en vez de decir, como en 1ª Corintios 14:33 y siguientes, “no está permitido” porque él aquí está dando las instrucciones personales a Timoteo, su subordinado, mientras que allí anunciaba a los corintios la ley general de la iglesia. Lo que él manda a Timoteo es la ley general de la iglesia. Y de esta manera avanza y fundamenta la prohibición en una razón universal que afecta a la raza entera por igual.

Lo que debe observarse como conclusión es:

1) Que la prohibición de que las mujeres hablen en la iglesia es precisa, absoluta, y completamente inclusiva. Ellas han de callar en las iglesias —y eso significa en todas las reuniones públicas de adoración–;  ni siquiera han de hacer preguntas;

2) Que a esta prohibición se le señala el punto particular precisamente para los asuntos de enseñanza y de gobierno, incluyendo específicamente las funciones de ancianos y de predicación.

3) Que los argumentos sobre los cuales se fundamenta la prohibición son universales y estriban en la diferencia de sexo, y particularmente en los lugares relativos dados a los sexos en la Creación y en la historia de la raza (la caída).

Quizá debería agregar a modo de aclaración que la diferencia de conclusiones entre Pablo y el movimiento feminista de hoy está arraigada en una diferencia fundamental en los puntos de vista de ambos,  concernientes a la constitución de la raza humana. Para Pablo, la raza humana se compone de familias, y todos los diversos organismos –incluida la iglesia– están compuestos de familias, unidos juntos por éste u otro vínculo. La relación de los sexos en la familia se sigue por lo tanto en la iglesia.

Para el movimiento feminista, la raza humana se compone de individuos; una mujer es simplemente otro individuo a la par del hombre, y no puede considerar ninguna razón para ninguna diferencia de género al tratar con los dos. Y, si podemos ignorar la gran diferencia fundamental y natural de los sexos y destruir la gran unidad social fundamental de la familia en pro del individualismo, no parecería haber ninguna razón por la que no debamos eliminar las diferencias establecidas por Pablo entre los sexos en la iglesia; excepto, por supuesto, la autoridad de Pablo. Todo esto, finalmente, nos hace volver hacia la autoridad de los apóstoles, como los fundadores de la iglesia.

Nos puede gustar lo que Pablo dice, o no. Podemos estar dispuestos a hacer lo que él ordena, o no. Pero no hay lugar para la duda en cuanto a lo que él dice. Y él nos diría ciertamente a nosotros lo mismo que le dijo a los corintios: «¿Acaso ha salido de vosotros la Palabra de Dios, o sólo a vosotros ha llegado?» ¿Es éste nuestro cristianismo: hacer lo que nos place? ¿O es la religión de Dios  recibir Sus mandatos a través de los apóstoles?

Publicado originalmente en el periódico «The Presbyterian»,  el 30 de octubre de 1919

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