En BOLETÍN SEMANAL

  La Ley es literal, mortal y temporal. El Evangelio es espiritual, vivificador y eterno.

   «He aquí que vienen días, dice Jehová, en los cuales haré un nuevo pacto con la casa de Israel y con la casa de Judá. No como el pacto que hice con sus padres el día que tomé su mano para sacarlos de la tierra de Egipto; porque ellos invalidaron mi pacto, aunque fui yo un marido para ellos, dice Jehová. Pero éste es el pacto que haré con la casa de Israel después de aquellos días, dice Jehová. Daré mi ley en su mente, y la escribiré en su corazón, y yo seré a ellos por Dios, y ellos me serán por pueblo. Y no enseñará más ninguno a su prójimo, ni ninguno a su hermano, diciendo: Conoce a Jehová; porque todos me conocerán, desde el más pequeño de ellos hasta el más grande, dice Jehová, porque perdonaré la maldad de ellos, y no me acordaré más de su pecado» (Jer. 31:31-34).

De este texto tomó la argumentación el Apóstol para comparar la Ley, doctrina literal, y el Evangelio, enseñanza espiritual. Llama a la Ley doctrina literal, predicación de muerte y de condenación, escrita en tablas de piedra; y al Evangelio, doctrina espiritual, de vida y de justicia, escrita en los corazones (2Cor.3: 6-7). Y añade que la Ley es abrogada, pero el Evangelio permanece para siempre.

Como el propósito del Apóstol ha sido exponer el sentido del profeta, basta considerar lo que dice el uno para comprenderlos a los dos. Sin embargo, hay alguna diferencia entre ellos. El Apóstol presenta a la Ley de una manera mucho más odiosa que el profeta. Y lo hace así, no considerando simplemente la naturaleza de la Ley, sino a causa de ciertas gentes, que con el celo perverso que tenían de ella, oscurecían la luz del Evangelio. Él disputa acerca de la naturaleza de la Ley según el error de ellos y el excesivo afecto con que la profesaban. Y esto hay que tenerlo en cuenta especialmente en san Pablo.

En cuanto a la relación con Jeremías, como ambos ex profeso oponen el Antiguo Testamento al Nuevo, ambos consideran en ella exclusivamente lo que le es propio. Por ejemplo: en la Ley abundan las promesas de misericordia; pero como son consideradas bajo otro aspecto, no se tienen en cuenta cuando se trata de la naturaleza de la Ley; solamente le atribuyen el mandar cosas buenas, prohibir las malas, prometer el galardón a los que viven justamente, y amenazar con el castigo a los infractores de la justicia; sin que con todo esto pueda corregir ni enmendar la maldad y perversidad del corazón natural de los hombres.

 Expongamos ahora por partes la comparación que establece el Apóstol: 

Dice que el Antiguo Testamento es literal. La razón es porque fue promulgado sin la eficacia del Espíritu Santo. El Nuevo es espiritual, porque el Señor lo ha esculpido espiritualmente en los corazones de los hombres. La segunda oposición es como una declaración de la primera, dice que el Antiguo Testamento es mortal, porque no es capaz más que de envolver en la maldición a todo el género humano; y que el Nuevo es instrumento de vida, porque al librarnos de la maldición nos devuelve a la gracia y al favor de Dios. El Antiguo Testamento es ministro de condenación, porque demuestra que todos los hijos de Adán son reos de injusticia; el Nuevo, es ministerio de justicia, porque nos revela la justicia de Dios por la cual somos justificados. La última oposición hay que referirla a las ceremonias de la Ley. Como eran imagen y representación de las cosas ausentes, era necesario que con el tiempo desaparecieran; en cambio, el Evangelio, como representa el cuerpo mismo, es firme y estable para siempre.

Es verdad que también Jeremías llama a la ley moral “pacto débil y frágil”; pero es bajo otro aspecto; a saber, porque ha sido destruida por la ingratitud del pueblo; pero como esta violación procedió de la culpa del pueblo y no del Testamento, no se debe imputar a este último. Mas las ceremonias, como por su propia debilidad contenían en sí mismas la causa de su impotencia, han sido abolidas con la venida de Cristo.

Diferencia entre la letra y el espíritu: En cuanto a la diferencia que hemos establecido entre letra y espíritu, no se debe entender como si el Señor haya dado su Ley a los judíos sin provecho alguno, y sin que pudiese llevar a Él a ninguno de ellos. La comparación se establece para realzar más la afluencia de gracia con la cual se ha complacido el Legislador, como si Él se revistiera de una nueva persona, en honrar la predicación del Evangelio. Porque si consideramos la multitud de naciones que ha atraído a sí por la predicación del Evangelio, regenerándolas con su Santo Espíritu, veremos que son poquísimos los que de corazón admitieron antiguamente en el pueblo de Israel la doctrina de la Ley; aunque considerado en sí mismo, sin compararlo con la Iglesia cristiana, sin duda alguna que hubo muchos fieles.

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Extracto del libro: “Institución de la Religión Cristiana”, de Juan Calvino

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